A partir del 1 de enero de 2014, se eliminan el IDE e IETU, el último pago que presentaras será el mes de diciembre que se presenta en enero de 2014 y si eres persona física en abril del 2014 deberás presentar tu información anual de IETU por última vez también.
Tus ingresos por recibos o facturas que no te pagaron en 2013 y que te pagaran en 2014 ya no pagaran IETU, igualmente si al 1 de enero de 2014 no has pagado las deducciones o gastos de 2013 ya no se deberán considerar para el IETU de ese año.
En el caso de que tengas saldos a favor de IETU de años anteriores o lo obtengas en la declaración anual del 2013 que se presenta en abril 2014 (si eres persona física), los podrás solicitar en devolución o la más fácil seria compensar contra otros impuestos a cargo.
El IDE (Impuesto a los Depósitos en Efectivo) también desaparece para 2014, los bancos deberán entregarte la constancia que acredite la retención por los depósitos que realizaste en diciembre 2013 a más tardar el 10 de enero del 2014.
A partir de enero 2014 podrás depositar en efectivo y no te retendrán impuesto alguno, el IDE que no hayas acreditado podrás compensarlo o solicitarlo en devolución, hasta agotarlo.
Con respecto a los depósitos bancarios cuida que estén directamente relacionados con tus ingresos por recibos o facturas, ya que todo lo que entre a tu cuenta de bancos se considerara como ingreso, tus estados de cuenta estarán más monitoreados que nunca, prácticamente todos estarán emitiendo recibos o facturas electrónicas con lo que el SAT sabrá exactamente cuánto facturas y si recibes depósitos por mas cantidades de las que facturas podrás ser sujeto a una invitación (por decirlo amablemente) para aclarar por qué no coinciden.
Ecxiste devolucion de ietu
Si existe la devolución, pero es mas fácil compensar tu saldo a favor.